Plaza Huincul: quienes pagaron el terreno podrán acceder a los préstamos de Neuquén Habita

Esta posibilidad es para quienes abonar el precio total y no tienen conflictos administrativos o judiciales sobre la posesión

El Concejo Deliberante de Plaza Huincul sancionó una ordenanza que crea un régimen de “Declaración Anticipada de Cumplimiento de Obligaciones”.

Esta normativa tiene como objetivo permitir que adjudicatarios de lotes municipales accedan a líneas de créditos hipotecarios de la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS), conocido como Neuquén Habita.

Podrán solicitar la aplicación de este régimen las personas que posean una adjudicación municipal vigente sobre un lote destinado a vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

Para acceder, los interesados deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber abonado el precio total del lote conforme al acto de adjudicación.
  • No registrar conflictos administrativos o judiciales sobre la posesión o disponibilidad del terreno.
  • Presentar documentación técnica, catastral y personal ante la autoridad municipal.
  • Contar con la inscripción en el Ru.Pro.Vi..
  • Obtener la factibilidad por parte de ADUS mediante la gestión municipal.

Modalidad del programa

La ordenanza faculta al Poder Ejecutivo Municipal a emitir una declaración administrativa excepcional. Este documento habilita la escrituración del inmueble y la constitución de una hipoteca en primer grado a favor de ADUS para garantizar los créditos individuales.

Se establece que el proyecto de construcción financiado no podrá superar los 90 metros cuadrados cubiertos. Además, la normativa especifica que los trámites comprendidos en este régimen recibirán un tratamiento preferente por parte de las áreas municipales competentes.

Obligaciones y restricciones

El beneficiario debe destinar el inmueble exclusivamente a fines habitacionales, quedando prohibido su uso para actividades comerciales, recreativas o de renta. Mientras se mantenga la deuda hipotecaria, el titular no podrá vender, ceder ni transferir la propiedad sin una autorización previa y expresa del municipio.

La autoridad de aplicación será el Poder Ejecutivo Municipal, con intervención de las áreas de tierras, catastro, obras particulares y asesoría legal. Finalmente, la ordenanza aclara que esta medida no implica la condonación de deudas ni la liberación definitiva de las obligaciones asumidas originalmente por los adjudicatarios.