Condenan a 10 años y 8 meses de prisión a un hombre por un homicidio en Plaza Huincul

Por el homicidio de Alexis David Marín Bossel, ocurrido en mayo de 2025 en el barrio Altos del Sur de Plaza Huincul.

Un tribunal colegiado condenó hoy a Jairo Ariel Díaz a 10 años y 8 meses de prisión efectiva por el homicidio de Alexis David Marín Bossel, ocurrido en mayo de 2025 en el barrio Altos del Sur de Plaza Huincul.

La sentencia fue dictada por unanimidad por los jueces Lisandro Borgonovo, Eduardo Egea y Federico Sommer, quienes fijaron la pena en función de los pedidos realizados por las partes durante el proceso. El fiscal jefe Gastón Liotard había solicitado 11 años de prisión efectiva, mientras que la querella particular, en representación de la familia de la víctima, pidió 15 años. Por su parte, la defensa había requerido una sanción inferior al mínimo legal previsto.

Díaz ya había sido declarado responsable del hecho en marzo pasado. Según la investigación del Ministerio Público Fiscal, el homicidio ocurrió el 4 de mayo de 2025 alrededor de las 00:15, cuando el acusado se presentó en una vivienda del barrio Altos del Sur tras una discusión previa con la víctima. En ese contexto, efectuó tres disparos con un arma de fuego desde la vereda y por encima de una reja. Uno de los proyectiles impactó en la cabeza de Marín Bossel, quien fue trasladado inicialmente a un centro de salud local y luego derivado a Neuquén capital, donde falleció el 15 de mayo a raíz de las lesiones sufridas.

Al momento de determinar la pena, el tribunal rechazó el planteo de la defensa que solicitaba la inconstitucionalidad del agravante previsto para homicidios cometidos con arma de fuego. En su fundamentación, los magistrados valoraron que el acusado se presentó armado en el domicilio de la víctima, lo convocó a acercarse y efectuó los disparos sin brindarle asistencia posterior.

Como atenuantes, se consideraron la ausencia de antecedentes penales, su edad, sus condiciones personales y el hecho de que días después del hecho se presentó voluntariamente en una dependencia policial para reconocer su participación.

Finalmente, el tribunal concluyó que correspondía aplicar la pena mínima prevista por la ley para el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, imponiendo además la inhabilitación absoluta y las costas del proceso judicial.