El 2 de junio de 1944, cuando el reloj se aproximaba a las 20 horas, una explosión sacudió el interior de la mina “La Esperanza”, en el norte neuquino. No fue un hecho aislado. Fue, en rigor, la continuidad de una serie de advertencias ignoradas.
En el frente de trabajo se encontraban 23 hombres que habían iniciado su turno a las 15 horas. Seis de ellos murieron en el acto. El resto sobrevivió con lesiones de distinta gravedad, algunas con secuelas prolongadas.
La escena posterior no requirió reconstrucciones complejas: quemaduras generalizadas, traumatismos severos y fracturas expuestas daban cuenta de la magnitud del estallido. El médico de la empresa no practicó autopsias. No hacía falta. El cuadro era concluyente.
Los nombres de las víctimas —Eduardo del Carmen Campillay, Avelino Cayul Quinchao, Samuel del Carmen Yáñez Alarcón, Pedro Segundo Ibáñez, Solano Jaque Retamal y Previsto Olave Arias— quedaron registrados en un expediente que, más allá de la formalidad judicial, reconstruye una dinámica laboral marcada por la precariedad y la repetición del riesgo.
Los testimonios incorporados a la causa describen un fenómeno físico brutal. “Un gran viento caliente”, “una masa de aire y fuego”, “una fuerte detonación”. Las frases, fragmentarias pero coincidentes, sugieren un estallido interno de alta energía en un entorno confinado, donde la ventilación, el sostenimiento de galerías y el manejo de explosivos resultaban críticos.
La investigación administrativa posterior incorporó un dato que excede el hecho puntual: la explosión ocurrió en un contexto donde, en menos de un año, dos accidentes graves habían afectado a explotaciones mineras de la misma empresa, la Compañía Industrial y Minera Taquimilán (CIMITA). Entre junio de 1943 y junio de 1944, trece trabajadores murieron en incidentes distintos en minas cercanas.
En el plano técnico, los informes preliminares señalaron fallas en los procedimientos de seguridad. Uso inadecuado de explosivos, falta de personal especializado en su manipulación y ausencia de controles efectivos sobre tareas de riesgo. No se trató de hipótesis: fueron observaciones incorporadas al expediente oficial.
El caso avanzó hacia la órbita judicial. En octubre de 1944, el Juzgado Letrado imputó a tres trabajadores por “múltiple homicidio y lesiones leves por imprudencia”. Entre ellos, el técnico minero alemán Juan Strobel y los obreros chilenos Hugo Pineda y José Godoy. La acusación se apoyó en su intervención directa en tareas vinculadas al uso de explosivos.
La causa, sin embargo, no se cerró en ese punto. La Cámara Federal de Bahía Blanca revisó la instrucción y, en noviembre de 1944, consideró insuficientes los fundamentos para sostener el procesamiento.
En paralelo al expediente judicial, el relevamiento de pertenencias de los trabajadores muertos dejó un registro menor en lo material, pero significativo en lo social: herramientas de trabajo, objetos personales, documentos migratorios y recibos de contribuciones solidarias para las víctimas del terremoto de San Juan de 1944.
Ese detalle, marginal para la investigación penal, aporta una dimensión distinta: la de una comunidad laboral atravesada por la precariedad, pero también por redes de solidaridad que trascendían su propia vulnerabilidad.
Ocho décadas después, el episodio de La Esperanza permanece como un caso paradigmático de la minería regional en sus etapas más rudimentarias. No sólo por la magnitud del siniestro, sino por lo que expone: la tensión permanente entre producción, seguridad y responsabilidad en entornos donde el riesgo era parte estructural del trabajo cotidiano.







