Se trata de un hombre que aprovechó las clases de música que tenía con los niños de todo el jardín 31, en el barrio Melipal de Neuquén capital, para abusar de al menos 12 víctimas.
La fiscalía consiguió comprobar esos casos, pero la presentación había sido por más. Las familias se mostraron disconformes con la condena, ya que la fiscalía había pedido 45 años mientras que la defensa solicitó una pena de 8 años de prisión.
Dentro de esos parámetros, el juez de garantías debió considerar la pena que establece el Código Penal para los delitos por los que fue declarado responsable el docente. Tuvo en cuenta para ello, como agravantes la pluralidad de víctimas, la vulnerabilidad de las mismas y la extensión del daño, mientras que consideró como atenuantes la ausencia de antecedentes penales, el contexto familiar y las agresiones sufridas al momento de ser detenido.
Con respecto a los montos solicitados por acusadores y defensa consideró que ante una condena de prisión perpetua por los delitos más graves que prevé el código como un femicidio o un homicidio doblemente agravado, esa condena puede revisarse a los 20 años y el condenado puede comenzar a tener salidas transitorias luego de haber cumplido 35 años de priosión. Por otra parte, los delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, según el Estatuto de Roma de derecho internacional establece penas de 30 años de prisión, por lo que lo solicitado por la fiscalía resulta desproporcionado para el tipo de delitos que se están juzgando, mientras que lo solicitado por la defensa resulta insuficiente considerando la gravedad de los hechos y la vulnerabilidad de las víctimas.
El juez consideró que la condena a 18 años de prisión efectiva resulta acorde a los principios de legalidad y proporcionalidad. La sentencia completa será enviada a las partes antes del 9 de febrero y a partir de allí las partes contarán con 20 días hábiles de plazo para intentar una impugnación de sentencia o pena.
Discusiones Sobre la Noticia