Proponen modificar el pago de terrenos y servicios para las familias vulnerables en Cutral Co

Se modificaron dos artículos que buscan beneficiar a quienes están en situaciones vulnerables.

El intendente Ramón Rioseco envió un proyecto al Concejo Deliberante que modifica dos artículos de la tarifaria 2026 y que busca contemplar y beneficiar a las personas más vulnerables a la hora de pagar los terrenos y los servicios esenciales.

La propuesta fue aprobada por unanimidad, no sin intensos cruces de dichos entre los ediles del oficialismo y el bloque unipersonal de la oposición. Se convocó a audiencia pública para el 26 a las 19, con los días de previos para anotarse y participar.

Los artículos que cambiaron son los de terrenos y contribución de mejoras. Son el 93° y 111° de la ordenanza N° 2965 de este año.

La ronda de fundamentos de aprobación, la inició la concejala Élida González, quien refirió que esta modificación favorecerá que “las familias puedan tener el acceso al gas más en esta época”. Desde el MID, Fabián Godoy adhirió a las palabras de su antecesora.

Refirió que el tendido en los barrios semirrurales llegan al 70% u 80 %, según los sectores. “En el barrio Monte Hermoso hay 60 personas inscriptas para el estudio socioambiental y para que el municipio de forma total, y solidaria”, las ejecute.

“Apoyo (la ordenanza) porque está destinada exclusiva y principalmente a la gente vulnerable y más necesitada. Debidamente acreditadas y justificadas las situaciones socioeonómicas, el Estado estará presente. Se les instalará tres bocas de gas: para un termotanque, una cocina y un calefactor, por ejemplo”, dijo Godoy. En determinados casos hasta se les entregará los artefactos.

Jesica Rioseco señaló que desde la secretaría general ya “se hace el relevamiento a los vecinos de los barrios semirrurales para saber cuáles son las familias que pueden ser beneficiadas con este subsidio y que sea más ordenada”. “Los vecinos tienen que tener en cuenta, si no tiene posibilidades se hará un relevamiento correspondiente para acompañar. Y para que los que no lo reciban, habrá cuotas, hay descuentos y al 50 % los que no tinen las posibilidades”, concluyó.

El edil Pérez destacó la importancia de este día porque “esta ordenanza viene a cumplir necesidades y era muy imprescindible que sean sancionadas. Lo que me llama la atención que hace dos años que venimos presentando ordenanza, por lo menos, desde este bloque para el alivio fiscal a los comerciantes, emprendedores, para la derogación de tasas porque aumentó la carga impositiva”.

Sostuvo que “venimos bregando desde el primer día de gestión y es lo que pedimos desde el primer momento. Se acercan tiempos electorales y los vecinos tienen que aprovechar esto”. “Claro que lo voy a acompañar porque es una deuda que tenemos con la sociedad, que los terrenos salgan menos”, agregó aunque cuestionó “la discrecionalidad con la que el intendente va a poder otorgar esto”.

Finalmente, el presidente del Deliberante, Jesús San Martín resaltó que “estamos haciendo lo que tenemos que hacer cuando estamos en gestión. Hay muchos que se olvidan de la gente”, y pidió que se vote. Fue unánime de los presentes.

La audiencia pública será el 26 de mayo a las 19 horas en el Concejo Deliberante. La comisión de Gobierno, Planificación y Desarrollo tendrá a disposición la documentación e inscribirse para participar de la audiencia los días 18, 19, 20, 21, 22, de 9 a 13.

Cuáles son las modificaciones

Entre las modificaciones figuran las siguientes (los demás artículos quedan iguales). En el inciso c) 3 se le incorpora semirrurales y quedó: “en el caso de terrenos sociales y barrios semirrurales, el valor de las redes de servicios será del cincuenta por ciento (50%) del monto determinado”.

El inciso d) dice: “En caso de mora superior a seis (6) meses, los valores se actualizarán conforme al valor vigente de la Unidad Tributaria (UT) al momento de la regularización, readecuándose el plan de pago según la presente ordenanza”.

“f) Ante situaciones socioeconómicas debidamente acreditadas mediante informe técnico-social, el Departamento Ejecutivo podrá ampliar los plazos de financiación hasta un máximo de sesenta (60) cuotas o reducir los intereses aplicables hasta un límite del cincuenta por ciento (50%) de la tasa vigente”.

“En ningún caso podrá disponerse la condonación del capital adeudado. Los beneficios otorgados deberán ser fundados y registrados”

La modificación en las instalaciones es la siguiente: “los valores de las instalaciones de agua y cloacas estarán determinados por metro lineal, expresados en Unidades Tributarias (UT), de acuerdo a la zonificación establecida en el Artículo 85° y Anexo I de la Ordenanza Nº 2965/2025; conforme al siguiente detalle:

CUADRO DE VALORES
INSTALACIONVALOR EN UT (por metro lineal)ZONAS
AGUA Y CLOACAS106Z1, Z2, Z3, Z4, Z5, Z6, Z7, Z8, Z9 A y B, Z10, Z13 A, B y C, Z14, Z17, Z18, Z19, Z21, Z22, Z23, Z24, Z25 y Z26
AGUA Y CLOACAS53Z11, Z12, Z16, Z20 y “O -Y” ,Mza 229 A, B y C; 600 A y B; 601 A y B; 602 A y B; 603 A y B; 604, 605, 606, 607 A y B; 608 A y B; 609 A y B; 610 A y B; 611 A y B; 612, 613 A y B; 614 A y B

Mientras que el artículo 111° quedó redactado de la siguiente manera. “Se considera base imponible de la Contribución de Mejoras el mayor valor de los bienes como consecuencia de la realización de obra pública.

Las mejoras podrán abonarse de la siguiente forma: a) Contado, con descuento del quince por ciento (15%). b) Financiación:

b.1) Para obras de cordón cuneta y asfalto: anticipo mínimo del cinco por ciento (5%) y saldo hasta sesenta (60) cuotas, con un interés del tres por ciento (3%) mensual sobre saldo.

b.2) Para obras de red secundaria de gas: anticipo mínimo del cinco por ciento (5%) y saldo hasta treinta (30) cuotas, con un interés del tres por ciento (3%) mensual sobre saldo.

c) En casos de situación socioeconómica debidamente acreditada mediante declaración jurada e informe técnico-social, el Departamento Ejecutivo podrá otorgar planes de pago diferenciales o prórrogas en los vencimientos.

d) Cuando la ejecución de obras públicas genere una afectación económica directa y comprobable, el Departamento Ejecutivo podrá disponer prórrogas en los vencimientos o establecer planes especiales de carácter temporal, debidamente fundados.

Los valores correspondientes a la instalación de red secundaria de gas estarán determinados por metro lineal, expresados en Unidades Tributarias (UT), de acuerdo a la zonificación establecida en el Artículo 85° y Anexo I de la Ordenanza Nº 2965/2025, conforme al siguiente detalle:

CUADRO DE VALORES
INSTALACIONVALOR EN UT (por metro lineal)ZONAS
RED SECUNDARIA DE GAS50Z1, Z2, Z3, Z4, Z5, Z6, Z7, Z8, Z9 A y B, Z10, Z13 A, B y C, Z14, Z17, Z18, Z19, Z21, Z22, Z23, Z24, Z25 y Z26
RED SECUNDARIA DE GAS25Z11, Z12, Z16, Z20 y “O -Y” ,Mza 229 A, B y C; 600 A y B; 601 A y B; 602 A y B; 603 A y B; 604, 605, 606, 607 A y B; 608 A y B; 609 A y B; 610 A y B; 611 A y B; 612, 613 A y B; 614 A y B

Entre los fundamentos, figura que corresponde “mantener herramientas que permitan atender situaciones socioeconómicas particulares, garantizando al mismo tiempo previsibilidad y equidad en la aplicación de los tributos”. Y que la “incorporación de facultades acotadas al Departamento Ejecutivo para ampliar plazos o reducir intereses, debidamente fundadas, contribuye a mejorar el cumplimiento de las obligaciones sin afectar la sustentabilidad del sistema”.