Homicidio de Lamilla: acordaron la responsabilidad del acusado y sobreseyeron a la mujer

La víctima fue Emiliano Lamilla que recibió los disparos por haber robado una bicicleta.

Esta mañana hubo una audiencia donde se acordó la responsabilidad de un hombre por el homicidio de Emiliano Lamilla, ocurrida en el barrio Progreso de Cutral Co. La mujer que también estaba acusada fue sobreseída. El hecho se desencadenó por el robo de una bicicleta, en junio de este año.

El juez de Garantías, Diego Chavarría Ruiz homologó un acuerdo donde se declaró responsable penal a un joven por el homicidio de Emiliano Lamilla, ocurrido el 25 de junio pasado en Cutral Co. La víctima era una persona en situación de calle que había sustraído una bicicleta propiedad del imputado.

De acuerdo al relato realizado por el Ministerio Público Fiscal, ese día M.Y.L. y M.S.N. se dirigieron al domicilio de la pareja de Lamilla, que estaba ofreciendo el rodado por redes sociales.

Después de insultar a los gritos a la propietaria desde el exterior, la víctima salió del inmueble con la bicicleta para devolverla, pero el imputado sacó un arma calibre 22 y le disparó en dos ocasiones, provocándole lesiones que le ocasionaron la muerte.

Un día después del hecho, en un allanamiento, la pareja fue detenida y se les formuló cargos como coautores del homicidio.

El juez de Garantías, Diego Chavarría Ruiz intervino en la audiencia. (Foto gentileza)

En la audiencia de hoy, sin embargo, el representante de fiscalía solicitó el sobreseimiento de la mujer -M.S.N- debido a que “no hemos podido lograr material elementos probatorios para sostener su coautoría. En los registros fílmicos se ve que quien maneja es (el hombre) M.Y.L. y también quien extrae el arma. En caso de ir a juicio, la evidencia no nos hubiera bastado para acreditar que sabía que quien lo acompañaba portaba un arma y tenía la intención de dar muerte a Lamilla”.

Respecto de M.Y.L. explicó que se había acordado la responsabilidad penal con su abogado defensor y realizó un repaso por la prueba recabada.

“Se han cumplido las condiciones de admisibilidad y se ha repasado la evidencia recolectada por la fiscalía. Claramente se puede determinar la autoría del joven M.Y.L. respecto del hecho”, sostuvo Chavarría Ruiz.

Se recordó que el artículo 221 del Código Procesal Penal de la provincia prevé la posibilidad de acordar como se desarrollaron los hechos y solicitar sólo un juicio de determinación de la pena.

La admisión de la autoría no puede basarse únicamente en la aceptación del imputado, sino que el responsable de la acusación debe hacer un repaso por los elementos probatorios que eventualmente podrían condenar al imputado en un juicio ordinario. 

M.Y.L. fue declarado penalmente responsable por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego