Un hombre fue declarado responsable penal de un homicidio ocurrido en noviembre de 2025 en Picún Leufú.
Se trata de Eliseo Uircán, quien se encuentra con prisión domiciliaria. La víctima fue Gustavo Santos Villar. En la audiencia que se hizo el martes y que encabezó el juez de Garantías, Ignacio Pombo, se concretó el acuerdo parcial entre la fiscalía y la defensa del imputado.
La fiscalía describió que Uircán y quien resultó víctima fatal, Gustavo Santos Villar coincidieron durante la madrugada del 8 de noviembre de 2025 en un local bailable de Picún Leufú.
Allí mantuvieron una discusión con agresiones físicas mutuas en la vía pública luego de salir del comercio, alrededor de las seis de la mañana. Minutos más tarde volvieron a encontrarse a pocas cuadras y se produjo un intercambio de insultos.
Según la reconstrucción del hecho presentada por la fiscalía, tras esa discusión el imputado se dirigió a la casa de un amigo, tomó un arma de fuego y fue hasta el domicilio de la víctima, ubicado en el barrio La Esperanza.
Relataron, en ese sentido, que Santos Villar salió de la vivienda con un machete y el imputado efectuó un primer disparo que no impactó sobre la víctima, quien se abalanzó sobre él. Luego se produjo un segundo disparo que dio en la zona abdominal y provocó heridas que posteriormente causaron la muerte.
El Ministerio Público Fiscal indicó que la investigación reunió prueba suficiente para sostener la acusación en un eventual juicio oral, entre ellas actuaciones policiales, declaraciones de testigos presenciales y registros de videofilmaciones. Calificó el hecho como homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
Al momento de homologar el acuerdo, Pombo explicó al imputado el alcance del procedimiento y le consultó si comprendía que la fiscalía había reunido evidencia que, en caso de avanzar a juicio, podía derivar en una condena.
El magistrado le preguntó si renunciaba a su derecho a ser juzgado en un juicio oral y si reconocía haber causado la muerte de Santos Villar con una escopeta. “Calibre 22, sí, sí”, respondió el acusado.
Tras ello, Pombo resolvió homologar el acuerdo al entender que estaban reunidos los requisitos legales para declarar su admisibilidad y, en consecuencia, lo declaró penalmente responsable.
La querella representada por el abogado César Pérez manifestó su conformidad con la solución alcanzada y sostuvo que la familia de la víctima está de acuerdo tanto con los hechos atribuidos como con la calificación legal escogida por la fiscalía.
Por su parte, la defensa indicó que acompañó el acuerdo parcial debido a que la materialidad del hecho y la autoría quedaron acreditadas con la prueba reunida durante la investigación. “Quedaron claras desde un primer momento la pelea y las causas de la muerte”, señaló.
Luego de la declaración de responsabilidad resta realizar el juicio de cesura, instancia en la que se debatirá la pena que corresponderá imponer al condenado. Las partes adelantaron que habría un acuerdo para que sea de 10 años y ocho meses de prisión. Hasta entonces, el imputado continuará con prisión domiciliaria, medida de coerción que fue prorrogada por Pombo.
Según la reconstrucción del hecho presentada por la fiscalía, tras esa discusión el imputado se dirigió a la casa de un amigo, tomó un arma de fuego y fue hasta el domicilio de la víctima, ubicado en el barrio La Esperanza. Relataron, en ese sentido, que Santos Villar salió de la vivienda con un machete y el imputado efectuó un primer disparo que no impactó sobre la víctima, quien se abalanzó sobre él. Luego se produjo un segundo disparo que dio en la zona abdominal y provocó heridas que posteriormente causaron la muerte.
El Ministerio Público Fiscal indicó que la investigación reunió prueba suficiente para sostener la acusación en un eventual juicio oral, entre ellas actuaciones policiales, declaraciones de testigos presenciales y registros de videofilmaciones. Calificó el hecho como homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
Al momento de homologar el acuerdo, Pombo explicó al imputado el alcance del procedimiento y le consultó si comprendía que la fiscalía había reunido evidencia que, en caso de avanzar a juicio, podía derivar en una condena. El magistrado le preguntó si renunciaba a su derecho a ser juzgado en un juicio oral y si reconocía haber causado la muerte de Santos Villar con una escopeta. “Calibre 22, sí, sí”, respondió el acusado.
Tras ello, Pombo resolvió homologar el acuerdo al entender que estaban reunidos los requisitos legales para declarar su admisibilidad y, en consecuencia, lo declaró penalmente responsable.
La querella manifestó su conformidad con la solución alcanzada y sostuvo que la familia de la víctima está de acuerdo tanto con los hechos atribuidos como con la calificación legal escogida por la fiscalía.
Por su parte, la defensa indicó que acompañó el acuerdo parcial debido a que la materialidad del hecho y la autoría quedaron acreditadas con la prueba reunida durante la investigación. “Quedaron claras desde un primer momento la pelea y las causas de la muerte”, señaló.
Luego de la declaración de responsabilidad resta realizar el juicio de cesura, instancia en la que se debatirá la pena que corresponderá imponer al condenado.
Las partes adelantaron que habría un acuerdo para que sea de 10 años y ocho meses de prisión. Hasta entonces, el imputado continuará con prisión domiciliaria, medida de coerción que fue prorrogada por Pombo.







