El maestro de música que abusó de niños y niñas en el Jardín 31 estará 18 años preso

La condena había sido impugnada por la fiscalía y por la defensa. El jardín de infantes es de Neuquén capital

Un jurado popular lo declaró culpable de un caso de abuso con acceso carnal, dos casos de abuso gravemente ultrajante y 9 casos de abuso sexual simple. El juez le había dado 18 años de cárcel pero hubo impugnación a la cantidad de años, a la fiscalía le pareció poco, a la defensa le pareció mucho.

Finalmente esta semana un tribunal determinó que era condena de 18 años era adecuada y que se había fundamentado correctamente.

El Tribunal de Impugnación integrado por los jueces Andrés Repetto, Mauricio Macagno y la jueza Liliana Deiub, de manera unánime, rechazó los pedidos de impugnación interpuestos por la defensa y por la fiscalía y la querella institucional, pedido al que adhirió una querella particular que al inicio de la audiencia desistió de su impugnación, quedando confirmada la pena de 18 años de prisión efectiva para el maestro del jardín 31. (LEG 231533)

El 12 de noviembre de 2024 el acusado había sido declarado por un jurado popular responsable de haber cometido 1 (un) hecho de abuso sexual con acceso carnal, 2 (dos) hechos de abuso sexual gravemente ultrajante y  9 (nueve) hechos de abuso sexual simple. En todos los casos la calificación se encuentra agravada por ser el imputado encargado de la educación de las víctimas que fueron niños y niñas del Jardín 31 de Neuquén. En febrero de 2025 el juez de garantías Juan Manuel Kees le impuso la pena de 18 años de prisión efectiva.

La defensa del imputado interpuso la impugnación de los veredictos en los que el jurado encontró al imputado declaró culpable de 12 hechos y solicitó que se absuelva a su defendido. Planteó inconsistencias en las instrucciones que se le dio al jurado con respecto a la valoración de la prueba y que el jurado dictó veredictos irrazonables, inseguros y contrarios a la prueba presentada durante el juicio. Por otra parte, de manera subsidiaria, solicitó impugnar el monto de la pena solicitando que se imponga el mínimo de 8 años que establece el Código Penal para estos casos.

 El Ministerio Público Fiscal y la defensoría del niño, niña y adolescente presentaron recursos de impugnación por el monto de la pena, solicitando que se eleve a 25 años de prisión efectiva.

Las audiencias de impugnación se desarrollaron durante 6 jornadas entre el 10 y el 17 de diciembre de 2025. En la sentencia de 369 páginas, el tribunal, consideró que el jurado fue correctamente instruido y los diferentes veredictos dictados por el jurado popular sobre los 23 hechos presentados expresan su conclusión respecto a la prueba presentada para cada hecho, y que el Tribunal de Impugnación no puede reconstruir el razonamiento interno que llevó al jurado a tomar dicha conclusión, por lo que los jueces de impugnación confirmaron en todos los casos la sentencia de responsabilidad dictada por el jurado popular.

Con respecto al monto de la pena, el Tribunal de Impugnación rechazó los planteos de las partes y confirmó la pena de 18 años de prisión impuesta por el juez de garantías, considerando que el monto fue debidamente fundamentado.