Desde la Dirección Provincial de Protección al Consumidor, dependiente del ministerio de Gobierno de la Provincia del Neuquén, se informó la plena vigencia de la prohibición de importación, distribución, comercialización y publicidad de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, incluidos los denominados “cigarrillos electrónicos” y “productos de tabaco calentado”.
Esta medida responde a lo dispuesto por la Resolución 565/2023 del ministerio de Salud de la Nación y la Disposición 3226/2011 de ANMAT, que extienden la prohibición a todo tipo de accesorios relacionados con dichos sistemas.
Se recordó que el tabaquismo continúa siendo la mayor causa de muerte prevenible en el mundo, y la nicotina es una droga altamente adictiva que genera graves daños a la salud, en especial vinculados a enfermedades pulmonares crónicas, cardiovasculares y distintos tipos de cáncer.
En este sentido, la prohibición busca proteger la salud pública y evitar el consumo de productos que representan un riesgo, particularmente para adolescentes y jóvenes.
Cuáles son las sanciones
Desde Protección al Consumidor se recordó que el incumplimiento de esta normativa hará pasible a los infractores de sanciones económicas previstas en las leyes nacionales de Defensa del Consumidor y provinciales de aplicación.
Actualmente, las multas oscilan entre los $593.413 y los $2.492.334.600, de acuerdo a lo establecido por la Ley 2.268.
Canales de consulta
Los comercios y la ciudadanía en general pueden realizar consultas a través del correo electrónico fiscalizaconsumidor@neuquen.gov.ar, al teléfono gratuito 0800-222-2667 o enviando un mensaje al WhatsApp 299-5958167 (solo mensajes), indicando en el asunto “Consulta de Circular”.
De esta manera, el gobierno provincial reafirma su compromiso con la protección de la salud de la población neuquina y el cumplimiento estricto de la normativa vigente.








