En la última sesión el cuerpo de edilas y ediles aprobó por unanimidad el programa que busca liberar de los espacios públicos los vehículos y objetos en desuso. La idea es implementar el Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición final de rodados y chatarras.
La norma aprobada tiene como consideración que hay en la ciudad una gran cantidad de vehículos que se encuentran en depósitos municipales y de terceros. Muchos de ellos que se encuentran en los depósitos municipales, han sido secuestrados y no se han presentado titulares del rodado o terceros acreditando derecho a retirarlos. La mayoría de estos vehículos se encuentran en estado de desuso, lo que representa un estado de contaminación al medio ambiente, teniendo en cuenta además que contienen sustancias tales como líquidos de freno, baterías, nafta, aceite.
En este contexto, el municipio debe regular este proceso de compactación y descontaminación. Se aplicará a los vehículos que se encuentren en depósitos municipales o de terceros a causa de:
- Infracciones de tránsito o faltas cuya aplicación corresponda al Municipio de acuerdo con la legislación vigente.
- Su retiro de lugares de dominio público, encontrándose en estado de deterioro, inmovilidad o abandono que impliquen un peligro para la salud, el medio ambiente o la circulación vehicular.
- Quedan excluidos de la presente: los vehículos involucrados en causas penales o cuyo automotor o chasis se encuentren adulterados.
Como en algunos casos, según lo especifica habrá subasta de los vehículos que no hayan sido reclamados por su titular. También se fija el plazo para que sea retirado, en el caso que hubiese sido secuestrado por alguna infracción.
Los automotores que estén abandonados o en estado de abandono o inmovilidad en la vía pública serán primero multados sus propietarios, e intimados a un plazo de cinco días para que sea retirado. De lo contrario se lo trasladará al depósito municipal.
También se publicará edictos, en los casos en que se desconozca la titularidad del dominio o que haya partes sin que puedan funcionar porque están con destrucción total o parcial.
La autoridad de aplicación que definirá el Ejecutivo podrá después de cumplir todos los pasos, a disponer la subasta o compactación de la chatarra. Se considerará los vehículos no aptos para rodar o en peligro de contaminación a los hallazgos de autopartes, piezas, rezagos, cascos o restos de rodados que se consideren chatarra y de vehículos que por su estado no se encuentren en condiciones.
También se reguló que no se tomará esa determinación con aquellos vehículos que estén involucrados en causas judiciales. Hay otro artículo que especifica que pueden ser entregados de manera voluntaria para su compactación.