Un tribunal de revisión confirmó lo resuelto por la jueza de Garantías, quien rechazó la posibilidad de ampliar las salidas transitorias de Carlos Alberto Soñé, que está condenado a 30 años de prisión efectiva por haber abusado de un niño que falleció como consecuencia de esos actos. La condena es de 2004.
Los jueces Juan Guaita, Luciano Hermosilla y la jueza Carolina García resolvieron confirmar lo que decidió la jueza de Garantías, Carina Álvarez en una audiencia que se hizo el 23 de este mes.
En esa audiencia, la defensa de Soñé había solicitado que se nulifique un informe de la Dirección de Población Judicializada y que se realice uno nuevo. Así se podría evaluar nuevamente la posibilidad de ampliar el régimen de salidas transitorias y disminuir los controles que posee actualmente el condenado.
La jueza Álvarez rechazó el pedido y mantuvo las salidas otorgadas hasta el momento que son dos salidas de 12 horas y una salida de 10 horas por mes, siempre con permanente custodia policial.
No demostró signos de arrepentimiento
El informe que la defensa solicita repetir establece que Soñé, a pesar de contar con buena conducta en el penal, no ha mostrado signos de arrepentimiento, ni remordimiento con respecto a los actos de pedofilia con rasgos de sadismo cometidos.
El tribunal rechazó nulificar el informe y sostuvo el actual régimen de salidas transitorias, confirmando que lo resuelto fue por la jueza Álvarez fue debidamente fundamentado.
El hecho causó una gran conmoción en las dos ciudades más aún cuando se conocieron los detalles de lo ocurrido con el pequeño. La víctima era hijo de la entonces pareja de Soñe con quienes compartían la vivienda en el parque industrial de Cutral Co.








