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Cutral Co: revocaron la condena de la pareja acusada por abuso sexual de una niña y la madre terminó absuelta

Un tribunal de Impugnación redujo la pena que se le había impuesto a una pareja por un delito de abuso sexual de una niña de su entorno familiar: el varón como autor y la mujer como cooperadora.

Se indicó que el Tribunal de Impugnación revocó la condena de 14 años de prisión efectiva que, tras el juicio, otro tribunal había impuesto a un varón y a una mujer, por considerar que fueron responsables del abuso sexual de una niña de su entorno familiar: el varón como autor y la mujer como cooperadora.

Fue a pedido de las defensas y, tal como se conoció a partir de la sentencia dictada ayer, que los jueces que integran el Tribunal de Impugnación consideraron que la mujer no tuvo participación en el hecho.

Respecto del hombre ratificaron la condena por los delitos que originalmente le imputó la fiscal del caso, Gabriela Macaya, pero redujo el monto de la pena de 14 años a 10 años y seis meses.

Durante una audiencia realizada el 1 de febrero, la representante del Ministerio Público se opuso a los planteos de la defensa. Sin embargo, la decisión del Tribunal de Impugnación fue hacer lugar parcialmente, absolviendo a la mujer por el abuso sexual y limitando su responsabilidad a la tenencia de un arma de fuego que fue encontrada en la vivienda familiar en el marco de la investigación. Por ese delito, el Tribunal le impuso seis meses de prisión condicional y ordenó su libertad.

El varón continuará detenido, dado que en su caso, la condena es de prisión efectiva. Se trata de O.D.C.C, quien en septiembre fue declarado responsable por el delito de abuso sexual con acceso carnal en carácter de autor, agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años, en modalidad continuada y en concurso ideal con corrupción de menores.

La teoría fiscal que se acreditó durante el juicio de responsabilidad es que los hechos ocurrieron entre mayo de 2018 y el 31 de mayo de 2020. Que O.D.C.C fue el autor de los abusos y que los cometió en un pequeño departamento en el que convivía con una mujer y con la víctima.

Como consecuencia de esas agresiones, en una oportunidad la niña fue llevada por la mujer, S.I.T, a la guardia del hospital local, desde donde fue derivada a una clínica privada de Neuquén y en donde, dada la gravedad de las heridas que presentaba, debió ser operada.

Desde la justicia se indica que los nombres de las personas condenadas se preservan para resguardar la intimidad de la víctima.

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