Huincul definió los valores de las multas para quienes violan las restricciones de cuarentena

Ayer modificaron la ordenanza que fija los valores de las multas por incumplir con las restricciones de pandemia

Habrá multas de hasta $50 mil pesos para quienes circulen por la noche; $400.000 para organizadores de eventos clandestinos; y 20 mil pesos para los que asistan.

El Deliberante trató ayer las reformas del Código de Faltas y las sanciones que la ciudad aplicará a las personas que incumplan con las restricciones de circulación de la pandemia del Covid-19. Según figura en los proyectos de ordenanza, las medidas responden a “la necesidad de implementar sanciones para quienes incumplan con las medidas de prevención establecidas por las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales” para frenar el índice de contagios de coronavirus.

En ese sentido, trascendió el nuevo índice regulatorio de multas de acuerdo a la ordenanza municipal 1755/2021. En su primer artículo establece sanciones pecuniarias para quienes circulen entre las 0 y las 6 de la mañana. Siendo los valores de $50.00 para personas a bordo de automóviles; $25.000 para conductores de motos, ciclomotores o bicicletas. En ambos casos se ordenará también el secuestro del vehículo. Además, en un apartado, agrega que los peatones serán multados con $15.000 por circular en calles de la ciudad.

Por otra parte, define como fiesta clandestina a “cualquier evento o acontecimiento, con fines de recreación, diversión, esparcimiento que en forma eventual o esporádica, con o sin música, con o sin venta de entradas anticipadas. Independientemente del lugar donde se desarrollen las actividades descriptas, sean estos espacios abiertos o cerrados, donde se venda o despache
bebidas alcohólicas
o no, alimentos de cualquier índole, todo ello sin el permiso pertinente de la autoridad de aplicación y en violación al piso normativo creado mediante la emergencia sanitaria por la pandemia COVID-19″.

En ese sentido, habrá multas de entre $150.000 hasta $400.000 para los organizadores, pero también alcanzará al público detectado en estos eventos. Las personas que asistan deberán abonar una sanción de $20.000.

El último ítem de sanciones fija una multa de $80.000 para “personas físicas y/o jurídicas que realicen las actividades prohibidas temporariamente” respecto a reuniones familiares de más de 10 personas, práctica de deportes en espacios cerrados; casinos, bongos o discotecas.

En el resto del escrito, la ordenanza insiste con el cumplimiento de medidas de bioseguridad, distanciamiento social y uso obligatorio de barbijos en espacios públicos.

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