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El Senado convirtió en ley el aborto tras un debate histórico

Tras 12 horas de debate, el Senado convirtió en ley el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) con 38 votos positivos, 29 en contra y una abstención (cuatro ausencias).

Fueron más de 12 horas de debate en el recinto, con algunas sorpresas por determinados cambios de posturas en algunos de los legisladores que, hasta hace algunas semanas, se mostraban en contra de la iniciativa o indecisos respecto a la decisión final.

Las exposiciones individuales y la votación final estuvieron acompañadas fuera de la cámara y en distintos puntos del país por vigilias de los dos grupos de militancia que mantuvieron el debate en las calles durante los últimos años. Por un lado, las agrupaciones “verdes” a favor de la ley; y los “celestes” en contra.

El pasado 11 de diciembre fue la primera conquista de los “verdes” con la media sanción del proyecto obtenida en Cámara de Diputados y, esta madrugada, el Senado arrojó un resultado favorable mucho menos reñido de lo esperado. Fueron 38 votos positivos contra 29 negativos y 1 abstención.

La modificación que impulsó la aprobación

La clave estuvo en el acuerdo que permitió el veto parcial a dos incisos de la norma para eliminar la palabra “integral”. Se trata de la modificación en los artículos 4 y 16 del proyecto en discusión.

El artículo cuarto establece que “las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional” y que “fuera del plazo dispuesto en el párrafo anterior, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo solo en las siguientes situaciones: si el embarazo fuera resultado de una violación” o si “estuviera en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante”.

En tanto, el artículo 16 modifica al artículo 86 del Código Penal respecto a que “no es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana catorce (14) inclusive del proceso gestacional”. Fuera de ese plazo, no será punible el aborto si el embarazo fuera producto de una violación o si “estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la persona gestante”.

Esos cambios estuvieron dirigidos particularmente al llamado “club de los indecisos” bautizado por los propios legisladores que en la última lectura todavía no definían su postura.

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