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Confirmaron la prisión preventiva a los imputados por el crimen del policía Nahuelcar

El tribunal de impugnación confirmó el fallo de prisión preventiva por dos meses que fue impuesto a cuatro de los 5 procesados por la muerte del cabo Gabriel Nahuelcar, asesinado en la mañana del 1 de enero en el barrio Peñi Trapún de Cutral Co. El quinto continuará en libertad por ser menor de edad al momento del hecho.

El joven policía Luis Nahuelcar fue herido hoy

Tras el giro en la investigación por la muerte del policía en Cutral Co, que dejó al antiguo acusado José Luis Espinoza como partícipe primario junto a Walter Díaz, Lautaro Campos y José Adrián Culliqueo; y a Miguel Ángel “Tuerto” Díaz como nuevo responsable del disparo letal, el juez de garantías Mario Tomassi dispuso la medida cautelar de prisión preventiva por cuatro meses para cuatro de ellos fundado en el riesgo de fuga, considerando que la gravedad del hecho amerita un juicio por jurados con posibilidad de llevar a una pena de prisión perpetua.



La única excepción fue Lautaro Campos, que al momento del crimen era menor de edad, aunque a la fecha ya cumplió los 18 años.

La defensa de los imputados pidió la revisión del fallo y al día siguiente el tribunal encargado redujo el plazo a dos meses en un fallo por mayoría con los votos de Diego Chavarría y Juan Balderrama, mientras que Carolina González votó por anular la resolución anterior y dictar una nueva “de mejor calidad”, fundada en el peligro de fuga.

Finalmente, el caso llegó a un tribunal de impugnación integrado por los jueces Florencia Martini, Daniel Varessio y Fernando Zvilling, que por unanimidad respaldaron la preventiva de dos meses a Miguel y Walter Díaz, Espinoza y Culliqueo.

La audiencia se desarrolló en dos partes, ayer con la primera intervención de la familia Nahuelcar ante los jueces, con el pedido de “conciencia” en la decisión final.

Fue Varessio el responsable de comunicar el fallo final, confirmando la resolución del tribunal de revisión, explicando que “se encuentra debidamente reglamentado el riesgo procesal, aunque los jueces fueron escuetos. Las características del hecho y la proporcionalidad de medida de pena se encuentran contemplados para pensar en una posible fuga“, expuso.

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