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Condena para el conductor que incumplió el acuerdo por la muerte de una mujer

La jueza Patricia Lúpica Cristo resolvió condenar a Martín Bartolini, a dos años de prisión e inhabilitación para conducir por tres años. 

De este modo, avaló el acuerdo de partes al que se había arribado y se dictó la sentencia. El conductor había llegado a la instancia de la suspensión de juicio a prueba, y contaba con una serie de beneficios pero no tenía permitido manejar durante tres años. Sin embargo, la familia de la víctima, lo encontró en tres oportunidades manejando en Cipolletti. 

El hecho por el que se lo condenó ocurrió cuando Bartolini iba en un automóvil Chevrolet Spin y junto a él lo hacía su madre, y una amiga de esta mujer que a la vez resultó ser la víctima fatal: Celia Adela Constantín, de 73 años. Fue el 15 de octubre de 2018 sobre la ruta nacional 237 a la altura de Villa El Chocón.

El abogado querellante, Michel Rischmann, explicó que Bartolini volcó el rodado por manejar imprudentemente y que por ese hecho había accedido al beneficio de la probation, ya que la condena en expectativa era baja y de cumplimiento condicional.

Allí se le habían impuesto varias reglas de conductas, entre ellas no consumir alcohol, ni drogas, resarcimientos económicos a la familia de la víctima y que no condujera vehículos por tres años. Sin embargo, Bartolini no acató las reglas de conducta y en reiteradas oportunidades fue visto por los hijos y la nuera de Constantin, manejando su automóvil. Incluso lo filmaron y aportaron esas pruebas a la justicia.

El 12 de noviembre pasado, una jueza de Ejecución del interior decidió revocar la suspensión de juicio a prueba y resolvió que la causa se elevada a juicio.

Ese día el ahora condenado quiso justificar su accionar y le manifestó a la jueza que el acuerdo que la probation “consiste en cuatro cosas: presentarme en patronato, hacer la reparación simbólica de los 5.000 pesos y el curso de manejo. En la única parte que incumplí, creo yo, creo que es un 25%, que es la parte del manejo, nada más”, sin embargo la jueza no lo tuvo en cuenta.

El abogado querellante explicó que con la condena de dos años también se le impuso la posibilidad de conducir cualquier tipo de vehículo a motor de combustión o eléctrico y aclaró que “no va a poder manejar una bici con motor”.

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