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El TSJ anunció que no puede actuar en el juicio a Giannattasio

El intendente había anunciado que esperaría una resolución del Tribunal Superior de Justicia respecto a su pedido para que no lo suspendan. Esa resolución se tomó el pasado 1 de diciembre y dice que no pueden resolver porque la suspensión ya fue decidida.

El escrito publicado el pasado 1 de diciembre declara “abstracta” la petición cautelar, ya que se “perdió el interés jurídico en su resolución”. Es decir, no pueden resolver algo que ya está resuelto. En todo caso debería presentarse otra acción judicial porque la anterior ya está resuelta. Desde el FyPN aseguran que fue una maniobra para “dilatar los tiempos y obstruir el avance del juicio político”.

“La resolución indica que no pueden actuar porque ya está tomada la decisión desde el 30 de noviembre, de acuerdo a la información que proporcionó el mismo concejal Genovese (MPN) como parte de la sala acusadora, informándole que había sido aceptado el dictamen y que encontramos méritos para que el acusado e imputado (Juan Carlos Giannattasio) esté suspendido en sus funciones sin goce de haberes” explicó Gustavo Iril, concejal por el Frente y la Participación Neuquina, que encabezó las gestiones de la sala investigadora sobre el pedido de juicio político al actual jefe comunal.

El escrito del Tribunal Superior de Justicia que fue publicado el primer día de este mes sostiene a través del fiscal general subrogante Pablo Vignaroli que la causa “ha perdido interés jurídico” y por eso declararon que la petición quedara abstracta, ya que la medida que fue solicitada para impedir la suspensión fue modificada antes de que la Fiscalía lograra emitir un dictamen.

El referente de la oposición en el Deliberante manifestó “no promovemos ninguna acción penal pero creo que deberían actuar los fiscales de oficio ante esta situación irregular”, y acusó al oficialismo de que “lo único que buscan es dilatar los tiempos y obstruir el avance de este juicio político. Si se constituye la sala juzgadora y el tribunal de sentencia, y pasados 30 días no se encuentran méritos o los 4 votos necesarios para la destitución, no veo por qué obstruir el avance”.

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